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Analizan en La Habana actualidad y retos del registro comercial
Actualizado
Lunes, Agosto 21, 2023 - 08:05
registro

A la vista de todos, como perdiendo la noción de cómo debe ser, hemos asistido a la depauperación de la red comercial: pisos de venta convertidos en almacenes; cajas, pallets y cartones por doquier; unidades de la gastronomía sin las condiciones, los sacos cubiertos con nailon –en el mejor de los casos-, para evitar se pierdan los productos con las goteras-chorros, comercialización en cualquier lugar, a como sea…

Todo eso está regulado por el Decreto 184 que rige la actividad del Registro Central Comercial (RCC), que hoy cumple 30 años y cuya misión va más allá de inscribirse en  él y abonar por ello lo que corresponde. Sobre las realidades y retos de ese sistema se debatió en el I Taller sobre el control al Decreto 184.

En el Centro de Convenciones Aleta Azul, de la Empresa de Servicios Varios, del Ministerio de la Industria Alimentaria, participaron representantes de filiales provinciales del Registro Central Comercial junto funcionarios del Consejo de Ministros, Niurka Álvarez Vila;  del Ministerio de Comercio Interior, con su viceministro primero Yosvany Pupo Otero; y Reinaldo Cruz, vice fiscal general de la Fiscalía General de la República (FGR).

Atemperarse a los tiempos

Con 30 años y los numerosos cambios ocurridos en el entramado socioeconómico del país desde entonces –y no son pocos: despenalizaciónde la tenencia de divisas, apertura al turismo, creación de diferentes redes de tiendas, entre otras medidas -, es lógico que el decreto esté descontextualizado. Por ejemplo, las mayores multas son de 100 pesos. Sin embargo, se precisó, existen otros postulados, entre ellos, el cierre de los establecimiento ante la pérdida de los requisitos con los que fueron inscritos que son herramientas para ejercer el control, tanto en los establecimientos estatales como en los privados.

De acuerdo con Santiago Secada, director del Registro Central Comercial, entre los cambios ocurridos se encuentran la flexibilización de los objetos sociales, la utilización del comercio electrónico,  la simplificación de las cadenas de suministros y la ampliación de los actores económicos, que constituyen hoy la mayor parte de la red comercial, dentro de un sector que abarca unos 286 000 establecimientos comerciales.

Secada también se refirió a lo que podría ser la raíz de la situación: el relajamiento en la aplicación del régimen de sanciones por incumplimiento con el registro, con muy pocas acciones y multas en los últimos años, no necesariamente debido a la covid-19.

Según las cifras expuestas por el director del registro, 2 496 inscripciones vencidas, con énfasis en las formas productivas del sistema la Agricultura, Azcuba y la subordinación local-, de 4 550 mipymes objeto de inscripción, se han inscrito 3 564 para un 78.3 %, de las 986 pendientes, 594 radicaban en la capital. En el caso los trabajadores por cuenta propia, de 102 201 titulares de proyectos, el 56.6%,  no había honrado el pago al RCC, de 501 pesos. 

Según dijo en noviembre de 2022, se aprobó la directiva 18 que orientó elevar el rigor y controlar la aplicación de las medidas a las personas y actores económicos en correspondencia con la gravedad, alcance e impacto de la conducta, tales como: cierre de establecimiento y retiro de autorización para ejercer de forma temporal o permanente, comiso de bienes, denuncia ante los órganos de instrucción y otras, según corresponda.

En ocasiones, se alega desconocimiento, pero es sabido que eso no exime de cumplir lo establecido. De acuerdo con Secada, les resultó llamativo que asesores jurídicos de nuevos gestores de la economía desconocían una normativa que ya tiene 30 años. No obstante, en las últimas semanas, la acción efectiva en las provincias, incluida, La Habana, ha reducido considerablemente las cifras, lo que indica que es posible registrar a todas las entidades y personas que ejercen actividad comercial, sujetas al Decreto 184.

Según se evidenció en el taller, cada provincia tiene su librito: algunos han forjado estrechos vínculos con el Registro Mercantil y la Dirección Estatal de Comercio, que les tributan las actualizaciones de las entidades, a partir de lo cual los comunican la obligatoriedad de inscribirse; otros, desarrollan alianzas con el gobierno. Sin embargo, alertó Secada, la situación tiende a complicarse fuera de las cabeceras provinciales.

En el encuentro, se reconoció las complejidades para realizar esa labor en las actuales circunstancias, sobre todo porque han crecido los actores sujetos a registro, no así las estructuras para hacerlo. En el taller, Pupo Otero llamó a salirse de la zona de confort y trabajar por restablecer la legalidad en el sector del comercio y la gastronomía.

Aun reconociendo que es proceso actualizar al normativa y adecuarla al actual contexto cubano, se orientó trabajar con el decreto y continuar exigiendo que las unidades se registren, que las registradas mantengan los requisitos. El primer paso, se dijo, debe ser el apercibimiento, pero luego debe darse un plazo, hacer que la aplicación de las multas sea de conocimiento de las entidades a las que se subordinan, todo ello, dirigido a rescatar la calidad de los servicios, el orden, la tranquilidad y la legalidad.

De acuerdo con Álvarez Vila, a la espera de la actualización, se impone un cambio de mentalidad y de lenguaje, con énfasis en la comunicación; capacitación y preparación de especialistas y de trabajar de forma integrada con los organismos de la administración central del Estado, el banco y otros registros, para la aplicación del decreto.

Por su parte, el vice fiscal general, propuso incluir el control al Registro Central Provincial entre las acciones de fiscalización que realiza ese organismo en los territorios.

En el Registro Central Comercial estarán obligados a inscribirse:

Apartado CUARTO:

Todos los establecimientos y unidades que comercien en moneda nacional y se

dediquen a:

a) el comercio interior mayorista de mercancías;

b) el comercio interior minorista;

c) los servicios gastronómicos y de alimentación social, y

ch) las dedicadas a la prestación de servicios comerciales.

QUINTO: La inscripción en el Registro Central Comercial será obligatoria, y

sólo se podrá efectuar una vez cumplidos, según corresponda, los requisitos

siguientes:

c) tener creadas las condiciones que cumplan los requisitos establecidos por el Ministerio del Comercio Interior y el Banco Nacional de Cuba para la apertura de ese establecimiento o unidad.

Fuente: Decreto No. 184

Contravenciones de las regulaciones sobre el Registro Comercial.

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