La titular del Comercio Interior, Betsy Díaz Velázquez, resaltó en la jornada anterior el papel que le corresponde al Registro Central Comercial (RCC) en la institucionalidad de la actividad de comercio.
El Decreto No.184/93 establece los mecanismos para controlar el cumplimiento de las normas y procedimientos en cuanto a la obligatoriedad de la inscripción en el Registro Central Comercial (RCC) de aquellos establecimientos privados, estatales, cooperativo o mixtos, que desarrollen actividades rectoradas por el Ministerio de Comercio Interior (MINCIN), con un régimen de contravenciones que contempla como medidas la multa administrativa y hasta el cierre de la entidad.
Las Micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) y las Cooperativas No Agropecuarias (CNA), que dentro de sus actividades contemplen aquellas rectoradas por el Ministerio del Comercio Interior, son objeto de inscripción en el Registro Central Comercial (RCC).
Desde el 2021 los Trabajadores por Cuenta Propia (TCP) también son objeto de inscripción en el Registro Central Comercial (RCC). Sobre el decreto que regula esta actividad y los procedimientos para obtener la certificación comercial, conversamos hoy con la asesora jurídica de la entidad, la Licenciada Yadira Febles Quintero.
El Registro Central Comercial, adscrito al Ministerio del Comercio Interior como una unidad presupuestada autofinanciada, tiene como misión fundamental por casi ya tres décadas, la inscripción de los establecimientos pertenecientes al sector estatal, cooperativo, mixto y privado, que realizan en el mercado interno actividades de comercio mayorista, venta de mercancías, gastronomía, servicios personales, técnicos comerciales, de uso doméstico, de alojamiento y recreación.
El Registro Central Comercial, es una entidad adscripta al Ministerio del Comercio Interior, que con casi 30 años de experiencia, inscribe los establecimientos que en el mercado interno realizan actividades de comercio mayorista, venta minorista de mercancías, gastronomía, servicios personales, técnicos comerciales, de uso doméstico, de alojamiento, de recreación y otros.
El Registro Central Comercial (REC) adscripto al Ministerio del Comercio Interior abarca el registro obligatorio de todos los establecimientos pertenecientes a entidades del sector estatal, cooperativas, mixto o privado.