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Se acorta el plazo para uso obligatorio de canales electrónicos de pago
Actualizado
Martes, Enero 9, 2024 - 19:37
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En las oficinas del RCC avileño se recibe actualmente la documentación solicitada para la inscripción de las personas naturales o jurídicas que todavía no lo han hecho, y se ofrece asesoramiento sobre los pasos requeridos.

Refiere un viejo proverbio que “guerra avisada no mata soldado”, y este bien pudiera ser aplicable a aquellas personas naturales y jurídicas que realizan actividades comerciales y aún no han oficializado su inscripción en el Registro Central Comercial (RCC).

Las consecuencias de desconocer ese trámite, normado por el Decreto 184 del Consejo de Ministros, de fecha 18 de agosto de 1993, son explicadas a Invasor por Norberto Almanza Tujeiro, jefe de la filial avileña del RCC, quien recordó que están obligados a realizar el asiento todos los establecimientos pertenecientes a entidades del sector estatal, cooperativo, mixto o privado, que comercialicen en pesos cubanos y moneda libremente convertible.

Señaló que, en su apartado Quinto, inciso C, la norma establece el carácter ineludible de la diligencia, que, si bien en un primer momento aludía a entidades estatales, hoy suma a gran número de actores económicos con otras formas de gestión, como las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), proyectos de desarrollo local (PDL) y trabajadores por cuenta propia.

En las oficinas del RCC avileño se recibe actualmente la documentación solicitada para la inscripción de las personas naturales o jurídicas que todavía no lo han hecho, y se ofrece asesoramiento sobre los pasos requeridos.
Almanza Tujeiro subrayó que la Resolución 93 de 2023 del Ministerio de Comercio Interior (Mincin), vinculada al proceso de bancarización llevado adelante en el país, establece la obligatoriedad de las entidades dedicadas al comercio de asegurarles el acceso y uso de las pasarelas electrónicas de pago nacionales o terminales de punto de venta a los consumidores. Para aplicar este paso, es indispensable haber cumplido el requisito anterior de inscribirse en el RCC.

La nueva normativa, que entró en vigor el pasado 2 de diciembre, otorgó 60 días hábiles para realizar los trámites pertinentes y puntualizó, en su disposición transitoria, que, a partir del 2 de febrero próximo, le será suspendida la actividad a quienes no garanticen las facilidades requeridas.

El jefe de la filial avileña del RCC acotó que hoy una gran parte de la población cuenta con tarjetas magnéticas y, cuando acuden a comprar o recibir un servicio, deben tener la posibilidad de pagar por esa vía; de ahí la necesidad de que todos los establecimientos creen las facilidades para el empleo de canales electrónicos de pago.

Precisó que la oficina de la filial avileña está ubicada en la calle Joaquín Agüero, número 100, entre Maceo y Simón Reyes, y además de los trámites de inscripción para nuevos negocios o establecimientos, también realiza los asientos de reinscripción (obligatorios cada cinco años), duplicado, actualización, temporales y certificaciones.

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