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Eliminan requisito de renovación de dietas médicas para enfermedades crónicas
Actualizado
Viernes, Octubre 6, 2023 - 07:00
dietas

A partir de la aprobación de la Resolución Conjunta número 1 del 2023, que actualiza una norma jurídica de más de tres décadas, los Ministerios de Salud Pública y Comercio Interior reajustaron el proceso de renovación de las dietas médicas con miras a simplificar trámites con impacto directo en la población.

Betsy Díaz Velázquez, titular de Comercion Interior, informó en el programa radiotelevisado Mesa Redonda de este miércoles que la modificación contempla el carácter vitalicio de ese proceder para aquellas personas que sufren enfermedades crónicas.

Ello comprende a pacientes de padecimientos como diabetes mellitus, neoplasias, trasplantes, insuficiencia renal, parapléjicos, cuadripléjicos, postrados, retrovirosis crónicas, fibrosis quística y xerodermia pigmentosa.

“Llevamos varios meses revisando con el Ministerio de Salud Pública las dietas médicas. El sistema de la Oficoda registra las dietas médicas y respalda después los productos. No es que estemos diciendo que no hayan problemas en el aseguramiento de las dietas médicas, que se sustenta en una norma jurídica que fue emitida en el año 1992”, dijo.

A esa norma jurídica se le hizo una revisión, debe estar mañana publicándose en Gaceta, y en esta se elimina el requisito de renovación de las dietas para las enfermedades crónicas y se establece su carácter vitalicio”, dijo la ministra, de acuerdo con Cubadebate.

Precisó que son trece patologías en las que las personas no tienen que concurrir a una institución salud a renovar esas dietas.

Se evita este trámite y la dieta, automáticamente, cuando se emite, queda consignada en la libreta de abastecimiento de forma vitalicia, mientras la persona viva.

“Estamos hablando de 837 980 consumidores: el 76% por ciento de las personas que reciben dieta médica. Estamos aliviando de que ese universo de consumidores tenga que concurrir a una institución de salud y a la Oficoda ”, enfatizó.

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