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Publicadas en la gaceta oficial de la república disposiciones normativas que implementan el eje temático no.19.
Actualizado
Jueves, Agosto 6, 2026 - 10:43
gaceta oficial

El Ministerio del Comercio Interior como parte de las Transformaciones Económicas y Sociales, implementa el eje temático No.19 sobre las transformaciones en el comercio, la gastronomía y los servicios.

Con este propósito, la Gaceta Oficial publicó las resoluciones 13, 14 y 16 de la Ministra del Comercio Interior que establecen:

  1. Resolución 13 del 20 de julio de 2026 funcionamiento del Mercado de Abasto.Cu. que establece:

  2. La selección de espacios de concurrencia para todos los actores de la economía, con ofertas que estimulen el acceso y contribuyan a la disminución de los precios.

  3. Relaciones comerciales bajo el principio de oferta y demanda, y ventas al por mayor en diferentes formatos.

  4. El acceso directo a personas naturales y jurídicas, la participación de productores nacionales y locales, importadores, comercializadores y modalidades de inversión extranjera.

  5. La gestión administrativa del Mercado se realiza por uno o más actores. 

  6. Opera en pesos cubanos y en divisas.

  7. Resolución 14 del 24 de julio de 2026 regulaciones para el funcionamiento de los establecimientos gastronómicos que prestan el servicio al Sistema de Atención a la Familia, que implementa el Acuerdo 10418/2026 del Consejo de Ministros relacionado con:

  8. El alcance de la gestión en la prestación del servicio, con la incorporación de otros actores económicos estatales, no estatales y la inversión extranjera.

  9. Subsidio a personas que concurran al servicio que se brinda, enfatizando que los beneficiarios del servicio son adultos mayores.

  10. Establece un proceso de licitación restringida o pública, según los intereses del territorio y el proyecto que presente el actor interesado.

  11. La aprobación del proyecto es facultad de los Consejos de Administración Municipal.

  12. Resolución 16 del 29 de julio de 2026 procedimiento para el funcionamiento del Mercado de Barrio que define:

  13. La red de establecimiento que puede formar parte de este mercado.

  14. La atención a las personas más vulnerables, en correspondencia con disponibilidad de productos, demanda y precio.

  15. Nomenclatura de productos alimenticios y de aseo a comercializar, a los que se le aplica incentivos.

  16. Participación de todos los actores económicos, con prioridad en los del municipio.

  17. Incentivos a los actores económicos que participan, favoreciendo la disminución de los precios minoristas.

  18. El acceso al proyecto a través de un procedimiento simplificado de licitación, realizado y aprobado por la empresa que posee el inmueble. 

Para más información, consulte las resoluciones en los siguientes enlaces:

MINISTERIO DEL COMERCIO INTERIOR

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