De precios y dietas

Algunas personas se han acercado a la Dirección Municipal de Finanzas y Precios con la inquietud de los precios del pollo que llegó a las bodegas por dietas médicas,

La Resolución 136/2020 del Ministerio de Comercio Interior establece las indicaciones para la comercialización de productos de la canasta familiar normada, las dietas médicas y otros programas priorizados atendidos por este Organismo, y para el trabajo de las oficinas del Registro de Consumidores, en el escenario de la unificación monetaria.

Esta resolución en su Anexo Único establece que productos alimenticios tienen como destino la canasta familiar normada:

  1. Productos alimenticios comunes para todos los grupos etarios: arroz, granos, aceite, azúcar refino y crudo, sal, pastas alimenticias, fideos, pollo, jamonada, picadillo texturizado de soya, huevos, y café para los consumidores mayores de siete (7) años.
  2. Productos alimenticios específicos para niños:
    1. De cero (0) a dos (2) años: leche o yogur natural para los intolerantes y compotas;
    2. de dos (2) a seis (6) años: leche o yogur natural para los intolerantes;
    3. de siete (7) a trece (13) años: yogurt de soya, mezcla para batido o lactosoy; y
    4. de cero (0) a seis (6) años: carne de res o pollo; en La Habana de cero (0) a trece (13) años de edad.
  3. Productos alimenticios específicos para mayores de sesenta y cinco (65) años de La Habana y Santiago de Cuba: lactosoy o mezcla para batido.
  4. Productos alimenticios dirigidos a las dietas médicas; su nomenclatura y composición varía según tipo de dieta.
  5. Módulos para niños con déficit nutricional, bajo peso y talla.

Los precios de estos productos se comportaran como siguen:

  1. Se modifican los precios minoristas de un grupo de productos del sistema de venta normado, regulado y liberado para eliminar subsidios y mantener en una primera etapa la venta a precios subsidiados de los siguientes:
    1. La compota destinada a los niños de cero (0) a dos (2) años;
    2. los productos lácteos, carne y picadillo de res para los niños de cero (0) a seis (6) años; y
    3. carne de res, leche en polvo entera y semidescremada para dietas médicas.
  2. Mantener en una primera etapa, a precios subsidiados, la nomenclatura total de productos destinados a los consumidores con dietas médicas de enfermedades crónicas de la infancia y las dietas por embarazo, retrovirosis crónica, fórmula basal e intolerantes a la leche; los precios de venta son los establecidos en la Resolución 346, de 25 de noviembre de 2020, de la Ministra de Finanzas y Precios.
  3. Mantener la entrega gratuita de módulos para niños con déficit nutricional, bajo peso y talla.

NOTA ACLARATORIA:

Si existe alguna duda, sugerencia, denuncia o reclamación usted puede llamar:

  • Atención a la Población Poder Popular: 24-84 4338
  • Puesto de Mando del Poder Popular: 24- 84 45 16
  • Oficina del Coordinador de la Economía: 24-844135
  • Móvil Coordinador de la Economía 52115181
  • Dirección Municipal de Finanzas y Precios 24844534  
  • Director de Finanzas 52115184
  • Jefe de Departamento de Inspección y Verificación de Precios 52164644
  • Dirección Integral de Supervisión 52691296
  • DIS 24 84 41 83

También puede dirigir un correo electrónico a precios@dpfphlg.co.cu

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  • Publicado: 3 February 2021