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Resolución 56/2024

La implementación de la Resolución 56, del Ministerio del Comercio Interior, tiene como propósito principal la optimización de los encadenamientos productivos y las cadenas de suministros en el país, para la disminución de los precios.
Uno de los aspectos que aborda la Resolución 56/2024 del Ministerio del Comercio Interior es que incentiva la importación de insumos, materia primas y  productos no terminados, potencia la producción nacional de bienes y servicios, con carácter competitivo y favorece la reducción de las importaciones.
La Resolución 56/2024 del Ministerio del Comercio Interior establece que todos los actores pueden ejercer la comercialización de forma minorista, relacionado con la venta de bienes y servicios que tiene como destinatario final la población.
Este domingo 15 de diciembre, con retransmisiones el martes 17 y el miércoles 18 de diciembre, conversaremos en Cuadrando la caja sobre la “Resolución 56:¿qué va a pasar con el comercio interior en Cuba?”.
El viceministro primero Yosvany Pupo Otero y el director del Registro Central Comercial Santiago Secada estuvieron este lunes en el programa radial Haciendo Radio de la emisora Radio Rebelde para informar sobre la Resolución 56/2024 emitida el Ministerio del Comercio Interior de Cuba el pasado jueves 5 de diciembre.
La Resolución 56/2024 del Ministerio de Comercio Interior, publicada en Gaceta Oficial el pasado jueves, establece el ordenamiento de la comercialización mayorista y minorista de los actores económicos no estatales, entiéndase por estos las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) privadas; cooperativas no agropecuarias (CNA) y los trabajadores por cuenta propia (TCP)
La Gaceta Oficial No. 119 Ordinaria del 5 de diciembre de 2024, publica la Resolución 56, del 15 de octubre de 2024 de la Ministra del Comercio Interior, que establece el ordenamiento de la comercialización mayorista y minorista por los actores económicos no estatales.
El Decreto 107/2024 “De las actividades no autorizadas a ejercerse por las micro, pequeñas y medianas empresas privadas, cooperativas no agropecuarias y trabajadores por cuenta propia”, en su disposición transitoria mandata a la Ministra del Comercio Interior a emitir las disposiciones que correspondan a fin de implementar los aspectos que con respecto a la actividad de comercio se dispone en el Decreto.