Las administraciones de las entidades estatales de conjunto con la organización sindical, fijan y modifican los precios minoristas de los productos y platos que se ofertan a los trabajadores en los comedores obreros. Mantener el pago por condiciones laborales anormales para los cargos y actividades en cuyo desempeño, existen riesgos que afectan la integridad de los trabajadores y que puedan provocar enfermedades profesionales o accidentes de trabajo que no son posibles minimizar mediante la aplicación de medidas técnicas y organizativas.