Modifican regulaciones para la compra por autogestión de productos alimenticios

La Resolución 99 de 15 de julio de 2019, emitida por la titular del Comercio Interior, flexibiliza las regulaciones para la compra por autogestión de productos alimenticios, frescos o elaborados, por las empresas, unidades empresariales de base, unidades básicas y establecimientos del sistema del comercio interior subordinadas a los órganos locales del Poder Popular.

No obstante, debido a la necesidad de adecuar dicha normativa a las condiciones y objetivos actuales del mercado e incrementar las ofertas en las actividades de gastronomía y la venta minorista de mercancías por las entidades del Comercio de subordinación local, se emitió la Resolución 68 de 2021 que modifica el apartado TERCERO de la mencionada Resolución 99 de 2019.

El modificado apartado TERCERO establece entonces que las empresas, unidades empresariales de base, unidades básicas y los establecimientos, a partir de las facultades que les deleguen los directores de sus empresas, pueden comprar productos agropecuarios, frescos o elaborados, con excepción de los siguientes:

a) Carne de ganado equino;

b) café;

c) miel de abejas, excepto de especies meliponas o de la tierra;

d) tabaco en rama y torcido; y

e) cacao y sus derivados.

Asimismo dispone que las regulaciones para la compra por autogestión de productos alimenticios, establecidas en la Resolución 99 de 2019, son aplicables a las unidades empresariales de base con características especiales, de la gastronomía de subordinación local.

La Resolución 68 entra en vigor a los treinta días de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

Puede consultar la normativa íntegra en el siguiente enlace: Resolución 68.

 

Tipo de Noticia: 
Total votes: 0
  • Publicado: 7 May 2021